Supervisión del Gobierno


Estimado Lector,
El lunes 24 de mayo de 2021, La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer el acuerdo de reglas de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas.
Le recuerdo que los pagos por servicios de subcontratación de personal/laboral (outsourcing) son NO deducibles para ISR y no acreditables para IVA a partir del 1 de agosto de 2021.
Una pieza muy importante que quedaba pendiente de conocerse, es precisamente, lo que se publicó el 24 de mayo, y se destaca lo siguiente:
Si su negocio o empresa pretende otorgar servicios especializados, es indispensable que obtenga el registro ante la STPS, de lo contrario, su cliente NO podrá efectuar la deducción de sus pagos, así como el acreditamiento del IVA correspondiente. Recuerde que el registro debe obtenerse a más tardar en el 22 de agosto. Por lo anterior, le sugiero que inicie con este trámite/diligencia/misión ante la STPS a más tardar el 16 de julio.
Si usted es un Patrón, y está implementando la incorporación de trabajadores a su nómina, le recomiendo ampliamente, que dicha incorporación la haga a más tardar en la quincena del 16 al 31 de julio.
Esperamos que le haya sido información útil. En estas 4 entregas le hemos escrito sobre las nuevas reglas del outsourcing que llegaron para quedarse. ¡Revíselas y cúmplalas! ¡Se va a poner bueno!
Correo electrónico: javier@xzb.4de.myftpupload.com
Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Novena Época, Año II, Número 15, Marzo 2023
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