Actualización fiscal al viernes 18 de septiembre de 2026

Poder Judicial publica criterios relacionados con Materialidad

  1. SAT efectúa comunicado respecto a las fallas en el sistema de aduanas.  Fuente
  2. Entre las fechas relevantes de algunas obligaciones y trámites fiscales se encuentran las siguientes:
    • 30 de septiembre. Entrada en vigor de la Manifestación de Valor ante Aduanas.
    • 20 de octubre. Aprobación de proyecto de reformas fiscales por Diputados.
    • 31 de octubre. Aprobación de proyecto de reformas fiscales por Senadores.
  3. En Estados Unidos, el IRS defiende ante la “Tax Court” sus regulaciones en la controversia de casi US$16 mil millones contra Meta. Fuente  
  4. El Poder Judicial publicó los siguientes criterios relevantes en materia fiscal.
    • TCC publica criterio en el procedimiento del artículo 69-B del CFF, debe negarse valor probatorio pleno a los CFDI, registros contables y papeles de trabajo para desvirtuar la presunción de inexistencia de operaciones, porque su sola existencia formal no acredita la realización material; el análisis versa sobre la capacidad operativa real y la ejecución material, no sobre el cumplimiento formal de la contabilidad. Fuente
    • TCC publica criterio para el procedimiento del artículo 69-B del CFF, debe negarse valor probatorio a los contratos de comodato redactados en forma genérica para acreditar la materialidad de las operaciones presuntamente inexistentes, pues la existencia formal del contrato no implica su ejecución material y, conforme a las máximas de la experiencia, las operaciones cuantiosas suelen documentarse con especificaciones detalladas de bienes, cantidades y condiciones. Fuente
    • TCC publica criterio en el procedimiento del artículo 69-B del CFF, debe negarse valor probatorio a los contratos laborales y constancias de trabajadores cuando de la comparativa entre el número de empleados registrados y el volumen de operaciones facturadas resulte incongruente la magnitud de producción que se desprende de los comprobantes fiscales. Fuente
    • TCC publica criterio con las pruebas que ofrece el contribuyente para desvirtuar la presunción de inexistencia de operaciones del artículo 69-B del CFF, estas deben valorarse bajo el sistema de libre valoración racional, asignando el grado de corroboración conforme a las reglas de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicos afianzados. Fuente
    • TCC con criterio para tener por suficientemente desvirtuada la presunción de inexistencia de operaciones del artículo 69-B del CFF, deben cumplirse dos condiciones: 1) que la hipótesis del contribuyente sea más probablemente verdadera que la presunción de la autoridad fiscalizadora, conforme al caudal probatorio valorado; y 2) que el cuadro probatorio sea contextualmente completo según las particularidades del caso.  Fuente
    • TCC con criterio de que si tras la depuración individual de las pruebas ofrecidas para desvirtuar la presunción de inexistencia del artículo 69-B del CFF, ninguna acredita un hecho base idóneo sobre la materialidad, no procede su valoración conjunta, porque de ese ejercicio no podría conformarse una inferencia válida. Fuente

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Se recomienda consultar con un asesor fiscal o profesional competente antes de tomar decisiones relacionadas con impuestos o cumplir con obligaciones fiscales. Las leyes y normativas fiscales pueden variar según la jurisdicción y están sujetas a cambios.

Javier Torres

Javier Torres

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