Decreto para la Autorización Inmediata de Inversiones

El decreto NO contiene beneficios fiscales

InstrumentoDecreto Presidencial — Orden público, interés general, observancia obligatoria en todo el territorio nacional
PublicaciónDOF, Edición Vespertina — 4 de mayo de 2026
VigenciaEntrada en vigor al día siguiente de su publicación (5 de mayo de 2026)

Objeto y Finalidad

El Decreto crea un mecanismo de Autorización Inmediata que permite a inversionistas privados iniciar y desarrollar sus proyectos de manera expedita, sin costo burocrático, a través de una sola plataforma digital. El objetivo central es acelerar la instalación y operación de inversiones estratégicas para impulsar el crecimiento económico, la generación de empleo y el fortalecimiento de cadenas de valor en México

¿Qué Proyectos Califican?

Están sujetos al Decreto los Proyectos de inversión privada que cumplan al menos uno de los siguientes supuestos:

Proyectos en Polos de Desarrollo
Proyectos autorizados en Polos de Desarrollo para el Bienestar, Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar o Polos de Economía Circular para el Bienestar.
Proyectos de alto monto
Inversiones iguales o mayores a $2,000,000,000.00 (dos mil millones de pesos M.N.).
Sectores estratégicos
Infraestructura tecnológica · Centros de datos · Textil y confección · Semiconductores y microelectrónica · Automotriz y autopartes · Dispositivos médicos · Farmacéutica y biofarmacéutica · Aeroespacial · Energética · Química — y otros que determine el Comité.

⚠️  Exclusiones expresas: proyectos en materia minera, financiera, inversión pública o mixta quedan fuera del alcance de este Decreto.

Proceso de Autorización — Paso a Paso

EtapaDetalle
Presentación de solicitudEl Inversionista ingresa la solicitud y documentación completa a través de la Ventanilla Digital Nacional de Inversiones.
Revisión de requisitos (Oficina)La Oficina verifica la documentación. Si hay inconsistencias, emite requerimiento dentro de los 10 días hábiles siguientes. El Inversionista tiene 5 días hábiles para subsanar.
Evaluación por el ComitéLa Oficina somete la solicitud al Comité, quien solicita opinión de viabilidad técnica, económica, ambiental y administrativa a las dependencias competentes.
Resolución del ComitéEl Comité emite la Autorización o la negativa dentro de los 30 días hábiles siguientes a la presentación completa de la solicitud.
Inicio inmediatoCon la Autorización vigente, el Proyecto inicia operaciones de manera inmediata.
Gestión de trámites incluidosDurante la vigencia de la Autorización, el Inversionista realiza los trámites en la Ventanilla. Las autoridades resuelven en máximo 60 días hábiles.

Vigencia y Obligaciones durante la Autorización

Vigencia

  • La Autorización tiene vigencia de 1 año contado a partir de su expedición.
  • Puede renovarse hasta 2 veces por periodos iguales (máximo 3 años en total).
  • Condición de renovación: el Proyecto debe acreditar al menos 90% del avance comprometido en el periodo correspondiente.

Obligaciones del Inversionista

  • Reportar avances trimestralmente a través de la Ventanilla conforme al cronograma aprobado.
  • Notificar cualquier modificación al Proyecto con al menos 10 días hábiles de anticipación.
  • Solicitar la incorporación de nuevos trámites si una modificación los requiere.
  • Mantener vigente la póliza de responsabilidad civil durante toda la Autorización.
  • Contratar al menos el 20% del monto total con proveedores locales.

Causales de revocación o suspensión

  • Incumplimiento de requisitos, compromisos u obligaciones de la Autorización.
  • Presentación de documentación o información falsa.
  • Falta de entrega del informe trimestral (en este caso se suspende hasta su entrega).
  • Causales adicionales que determine el Comité mediante reglas generales.

Gobernanza

Comité de Inversiones

Órgano colegiado con voz y voto, integrado por los titulares de:

  • Secretaría de Hacienda y Crédito Público
  • Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
  • Secretaría de Energía
  • Secretaría de Economía
  • Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
  • Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT)

Sesiona ordinariamente al menos una vez al año y extraordinariamente cuando se requiera. Los acuerdos se toman por mayoría; en caso de empate, el Presidente tiene voto de calidad. El Consejo Asesor de Desarrollo Económico Regional y Relocalización es invitado permanente.

Ventanilla Digital Nacional de Inversiones

La Ventanilla es la única plataforma autorizada para solicitar, gestionar y dar seguimiento tanto a la Autorización como a los trámites del Proyecto. Es diseñada, desarrollada y administrada por la ATDT, con capacidad de interoperar con otros sistemas de trámites federales, estatales y municipales.

Proyectos sin Autorización que usen la Ventanilla: las autoridades tienen un plazo máximo de 90 días hábiles para resolver. Si no resuelven en tiempo, los trámites se tendrán por autorizados (afirmativa ficta).

Plazos y Disposiciones Transitorias Clave

PlazoAcción requerida
30 días naturales desde la entrada en vigorEl Comité de Inversiones debe instalarse y expedir sus reglas de operación y funcionamiento.
30 días hábiles desde la entrada en vigorLa ATDT emite el Modelo Nacional de Homologación de Trámites para la Inversión.
3 meses desde la emisión del ModeloLas entidades federativas, municipios y alcaldías de la CDMX implementan el Modelo en coordinación con la ATDT.
3 meses desde la entrada en vigorLas dependencias de la APF integran sus trámites a la Ventanilla Digital Nacional de Inversiones.
30 días hábiles desde presentación completaEl Comité emite la Autorización o la negativa al Inversionista.
31 de diciembre de 2026Fecha límite para que proyectos con acompañamiento previo de la SE ingresen su expediente a la Ventanilla.

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La información proporcionada es exclusivamente para fines informativos y no constituye asesoramiento fiscal, legal o financiero.  El usuario asume toda la responsabilidad por el uso de la información proporcionada y sus posibles consecuencias. Este servicio no sustituye el asesoramiento profesional personalizado.

Se recomienda consultar con un asesor fiscal o profesional competente antes de tomar decisiones relacionadas con impuestos o cumplir con obligaciones fiscales. Las leyes y normativas fiscales pueden variar según la jurisdicción y están sujetas a cambios.

Javier Torres

Javier Torres

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