Estimado Lector,Estimados clientes y amigos: Les informamos que el pasado 7 de julio de 2023, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) através de una sesión de su consejo técnico, publicó y aprobó el criterio número 2/2023/NV/SBC-LSS-27-IV, el cual está relacionado el salario base de cotización. Se destaca lo siguiente: Integran al salario base de cotización, las cantidades entregadas en efectivo o en especie por lospatrones a sus empleados, depositadas en sus cuentas personales o de nómina por concepto de pagosque exceden el monto máximo de distribución de PTU; así como el bono de productividad en lossiguientes casos:1) Cuando se entregue un monto de PTU que exceda los límites establecidos y señalados en la LeyFederal del Trabajo (LFT). Al sobrepasar el límite, el IMSS lo considera como unagratificación.2) Los adelantos o pagos de PTU que se efectúen antes de la presentación de la declaración anualdel Impuesto sobre la Renta. Asimismo, también integran al salario base de cotización; lospagos de PTU posteriores al plazo señalado en la LFT.3) Bonos de productividad que forman parte de la base salarial a través de una tarjeta de regalo y/ovales de despensa. Bonos entregados a través de una asociación patronal.Los patrones, asesores y en general cualquiera que participe en la realización e implementación de loseñalado anteriormente, efectúa una práctica fiscal indebida en materia de seguridad social. El contadorpúblico que emita una opinión “limpia y sin salvedades” también es considerado que realiza unapráctica fiscal indebida en materia de seguridad social.Estamos a sus órdenes para cualquier duda …






