- SAT indica que está capacitando a diversos profesionales en relación con las actividades vulnerables y prevención de lavado de dinero. Fuente
- Las deudas de los contribuyentes superan tres billones. Fuente
- Aumentos al IEPS tienen efecto en las ventas de comercios. Fuente
- SAT incrementa recaudación por multas y recargos relacionados con corrección fiscal y comercio exterior. Fuente
- Dentro de las fechas relevantes de algunas obligaciones fiscales, se encuentran las siguientes:
15 de febrero. Presentación de informativa de cuentas incobrables.
15 de febrero. Aviso de deducción de cuentas incobrables.
15 de febrero. Presentación de informativa de préstamos del extranjero.
15 de febrero. Presentación de informativa de fideicomisos empresariales.
15 de febrero. Presentación de declaración anual de Contribuyentes del Título III.
28 de febrero. Presentación de informativa de Esquemas Reportables.
28 de febrero. Presentación de informativa de Operaciones Relevantes.
28 de febrero. Presentación de informativa de Seguro de Riesgos de Trabajo ante el IMSS.
28 de febrero. Presentación de informativa de Informativa de Refipres. Se puede extender hasta mayo. Regla 3.19.5.
28 de febrero. Último día para corrección/cambio/cancelación de CFDI de nómina. Regla 2.7.5.6.
- La OCDE lanzó la versión revisada del “Manual on Effective Mutual Agreement Procedures (MEMAP)” (Edición 2026), enfocada en mejorar la resolución de controversias bajo tratados (MAP), con guía práctica para autoridades competentes y contribuyentes. Fuente
- El Poder Judicial publicó los criterios fiscales relevantes:
Criterio de TCC relacionada que señala que la revisión de escritorio o de gabinete prevista en el Código Fiscal de la Federación se integra por dos fases: (i) la verificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y (ii) la determinación o liquidación. Cada una cuenta con plazos máximos propios, independientes entre sí, para su respectiva conclusión. Fuente
TCC publica criterio relacionado con que el cálculo del INPC al que se refiere el artículo 20 del Código Fiscal de la Federación, no está sujeto a la condición prevista en el artículo 17-A, último párrafo, relativa a que el resultado se fije hasta en diezmilésimos. Fuente
Criterio aislado de TCC que indica que en el cómputo del plazo de doce meses para concluir la primera fase de la revisión de gabinete, previsto en el artículo 46-A, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación; no debe considerarse el tiempo con que cuenta la persona contribuyente para desvirtuar el oficio de observaciones o, en su caso, corregir su situación fiscal. Fuente
La información proporcionada es exclusivamente para fines informativos y no constituye asesoramiento fiscal, legal o financiero. El usuario asume toda la responsabilidad por el uso de la información proporcionada y sus posibles consecuencias. Este servicio no sustituye el asesoramiento profesional personalizado.
Se recomienda consultar con un asesor fiscal o profesional competente antes de tomar decisiones relacionadas con impuestos o cumplir con obligaciones fiscales. Las leyes y normativas fiscales pueden variar según la jurisdicción y están sujetas a cambios.
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