Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Octava Época, Año VI, Número 52, Marzo 2021
Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Octava Época, Año VI, Número 52, Marzo 2021
Materia: Ley del Impuesto sobre la Renta
Resumen: El TFJA sostuvo que, conforme al artículo 90 de la LISR vigente en 2008, para determinar presuntivamente la utilidad fiscal el coeficiente aplicable debe utilizarse sobre los ingresos brutos declarados o sobre los determinados presuntivamente. Al emplear la ley una alternativa entre ambos conceptos, resulta ilegal aplicar el coeficiente a la suma de los ingresos declarados y los ingresos determinados presuntivamente.
Materia: Código Fiscal de la Federación
Resumen: Los papeles de trabajo elaborados durante una visita domiciliaria no forman parte, por sí mismos, de la circunstanciación del acta. Sin embargo, si la autoridad entrega al contribuyente copia certificada de esos papeles y con ello le permite conocer íntegramente la mecánica con la que se identificaron las irregularidades fiscales, esa circunstancia le proporciona elementos suficientes para controvertirlas y evita que quede en estado de indefensión o incertidumbre jurídica.
Materia: Código Fiscal de la Federación
Resumen: Para desvirtuar la presunción de que bienes declarados como exportados fueron enajenados en territorio nacional, el contribuyente debe acreditar todos los extremos previstos en el artículo 59, fracción IX, del CFF: la existencia material de la adquisición o de la capacidad para fabricar el bien; los medios de almacenamiento o la justificación de que no fueron necesarios; y los medios de transporte al extranjero o, en su caso, las condiciones de entrega material y la identidad de quien recibió el bien. La falta de prueba de cualquiera de esos elementos permite que opere la presunción legal.
Materia: Código Fiscal de la Federación
Resumen: El TFJA reiteró que la presunción de ingresos prevista en el artículo 59, fracción III, del CFF y el coeficiente de utilidad del artículo 90 de la LISR vigente hasta 2013 responden a métodos distintos y excluyentes. Por ello, si la autoridad aplica dicho coeficiente de utilidad a un ingreso determinado presuntivamente conforme al artículo 59, fracción III, se actualiza una indebida fundamentación del acto y la determinación resulta ilegal respecto del concepto al que se aplicó esa combinación normativa.
*****
La información proporcionada es exclusivamente para fines informativos y no constituye asesoramiento fiscal, legal o financiero. El usuario asume toda la responsabilidad por el uso de la información proporcionada y sus posibles consecuencias. Este servicio no sustituye el asesoramiento profesional personalizado.
Se recomienda consultar con un asesor fiscal o profesional competente antes de tomar decisiones relacionadas con impuestos o cumplir con obligaciones fiscales. Las leyes y normativas fiscales pueden variar según la jurisdicción y están sujetas a cambios.
Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Novena Época, Año V, Número 52, Junio 2026
Les informo sobre los temas fiscales más importantes al 30 de enero 2026
Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Novena Época, Año III, Número 28, Abril 2024