Actualización fiscal al 11 de octubre de 2024

Se reforma La Constitución para que el salario mínimo no aumente por debajo de la inflación.

  1. Juan Pablo de Botton, nuevo Secretario de Finanzas de la CDMX, señaló que lo principal será cuidar la recaudación en la Ciudad de México. Fuente
  2. Para 2025, se espera que los impuestos pagados por los contribuyentes representen casi el 70% del total de los ingresos públicos. Fuente
  3. PEl SAT comunicó medidas contra prácticas abusivas en materia de comercio exterior. Fuente
    • Supervisión a empresas de mensajería para que identifiquen a quienes importan mercancías de Asia sin pagar los impuestos correspondientes.
    • Nuevos requisitos para empresas que efectúen importaciones temporales, con el fin de obtener el registro de empresa certificada.
    • Los agentes y agencias aduanales pueden ser sancionados por cometer infracciones relacionadas con exportación o importación.
    • Se considera práctica indebida introducir al país mezclas compuestas de azúcar con carbón.ificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024. Fuente
  4. Se aprobó una reforma constitucional para que el salario mínimo no aumente por debajo de la inflación. Fuente
  5. La SCJN dio a conocer diversos criterios y comunicados relevantes. Fuente 1 | Fuente 2 | Fuente 3 | Fuente 4
    • Invalidación de disposiciones de la Ley de Ingresos del municipio de General Cepeda, Coahuila, en materia de explotación de hidrocarburos y telecomunicaciones. Fuente
    • Invalidación de disposiciones de leyes de ingresos de municipios del Estado de Veracruz relacionadas con ciertos derechos. Fuente
    • Injustificado que, conforme a la Ley Aduanera, los particulares que cuentan con una resolución firme que ordene la devolución de bienes embargados y exista impedimento para ello no puedan obtener el valor íntegro de su mercancía porque fue vendida. Fuente
    • Invalidación de disposiciones de leyes de ingresos de municipios de Coahuila relacionadas con impuestos sobre espectáculos públicos y multas administrativas imprecisas. Fuente
  6. Se publicó la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
    • El SAT pone a disposición una “cédula de datos fiscales” para personas físicas, la cual será enviada por correo electrónico.
    • Se elimina la regla 3.1.12 relativa a la ganancia en enajenación de certificados bursátiles.
    • Las personas físicas del régimen RESICO, en ciertos casos, quedarán relevadas de presentar la declaración anual. Podrán solicitar sus saldos a favor a partir de diciembre de 2024.
    • Las personas físicas con actividades exclusivas agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras (AGAPES) que sean socios de cooperativas de producción podrán tributar en RESICO. También podrán tributar en RESICO los socios o accionistas de uniones de crédito dedicados a actividades AGAPES.
    • Las Fintech deberán retener y enterar el ISR sobre los intereses nominales pagados a personas físicas y morales. También están obligadas a efectuar la retención y entero del IVA.
  7. Dentro del Anexo 3 de la RMF, se publicaron criterios no vinculativos.
    • 44/ISR/NV. No son deducibles las erogaciones por prestación de servicios si no se acredita que el servicio haya sido efectivamente prestado (materialidad).
    • 12/IVA/NV. La adquisición de bienes en territorio nacional que son propiedad de un residente en el extranjero debe llevar retención del IVA.
    • Derivado de lo anterior, el dictaminador o auditor externo estará obligado a informarlo en su dictamen fiscal correspondiente.
  8. Dentro del Anexo 7 de la RMF, se publicó el criterio normativo 40/IVA/N sobre la definición de servicios de intermediación. Lo anterior podría originar que las plataformas de servicios digitales cumplan con la obligación de retener impuestos.

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La información proporcionada es exclusivamente para fines informativos y no constituye asesoramiento fiscal, legal o financiero.  El usuario asume toda la responsabilidad por el uso de la información proporcionada y sus posibles consecuencias. Este servicio no sustituye el asesoramiento profesional personalizado.

Se recomienda consultar con un asesor fiscal o profesional competente antes de tomar decisiones relacionadas con impuestos o cumplir con obligaciones fiscales. Las leyes y normativas fiscales pueden variar según la jurisdicción y están sujetas a cambios.

Javier Torres

Javier Torres

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